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El registro del Censo 2022 podría extenderse hasta por tres días en áreas rurales

julio 22, 2021 ATESUR+ 0 Comments

Cualquier servidor público, cuyos servicios sean requeridos para las tareas censales, podrá ser designado agente censal.

Un pasado censo de población y vivienda. Foto de archivo: La Razón.

El registro del Censo de Población y Vivienda 2022 durará un día en las zonas urbanas, es decir, el miércoles 16 de noviembre de 2022, “mientras que en las áreas rurales, con población dispersa, se podría extender hasta por tres días”, según el artículo 5 del Decreto Supremo 4546, que fue emitido el miércoles por el Gobierno y publicado en las últimas horas en la Gaceta Oficial.

Con el propósito de garantizar el empadronamiento, el 16 de noviembre de 2022, se suspenderán actividades públicas y privadas en todo el territorio nacional de horas 00.00 a 24.00, con excepción de los servicios de emergencia.

Para ello, las autoridades departamentales dictarán autos de buen gobierno en coordinación con el Instituto Nacional de Estadística (INE), que ejecutará todas las actividades para la dirección, planificación, coordinación, ejecución, procesamiento y difusión de la información de este proceso.

Durante la jornada de empadronamiento quedará prohibida la circulación vehicular, así como el tránsito de personas, con excepción del equipo de empadronadores y personal de campo, quienes deberán portar de forma visible su identificación, y de que quienes porten permisos especiales otorgados por el INE.

Del mismo modo se cerrarán fronteras internacionales y quedarán interrumpidos los servicios de transporte terrestre, ferroviario, lacustre, fluvial y aéreo.

Además, “las unidades educativas, universidades y todo centro educativo, público y privado suspenderán actividades el día martes 15 de noviembre de 2022, a fin de facilitar la planificación, organización de aspectos logísticos para la jornada de empadronamiento. En el área rural con población dispersa, los establecimientos educativos señalados suspenderán actividades durante los días de empadronamiento”, establece el tercer parágrafo del artículo 6 de la norma.

Financiamiento

El decreto también determina que para el desarrollo de las actividades del censo, las fuentes de financiamiento serán recursos del Tesoro General de la Nación (TGN) y recursos externos, para lo cual el Ministerio de Planificación del Desarrollo suscribirá convenios, acuerdos o contratos con la cooperación bilateral o multilateral.

La pasada jornada, durante el anuncio de la fecha del censo, la ministra de Planificación del Desarrollo, Gabriela Mendoza, adelantó que será financiado con recursos del Banco Mundial (BM), aunque aclaró que todavía no se cerró aún la negociación, pero pondrá “un monto importante de recursos”.

Obligación de servidores públicos

Cualquier servidor público, cuyos servicios sean requeridos para las tareas censales, podrá ser designado agente censal (jefe de zona, jefe de sector o empadronador) por el plazo que sea necesario, sin otro requisito que el nombramiento por parte del INE.

“Y no podrán eludir esta responsabilidad por ningún motivo”, subraya el artículo 9 del decreto. Pues el servicio prestado por los servidores públicos como agentes censales, se registrará como actividad de servicio social comunitario.

Aunque se exceptúa de esta obligación, a los servidores públicos con discapacidad, mujeres embarazadas y personas adultas mayores.

Fuente: La Razón

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